De subidas
Aviso:
Este blog no aplicará a sus lectores la
subida del IVA que hoy entra en vigor, reservando los vigores para otras
actividades de tipo cultural, incluso físicos, sin que todo ello suponga merma alguna
en la cantidad y calidad de los contenidos.
Que conste.
IVA
El impuesto sobre el valor
agregado o impuesto sobre el valor añadido, es aplicado en
muchos países, y generalizado en la Unión
Europea. Generalmente se
le conoce también por las siglas IVA.
Definición
El IVA es un impuesto indirecto sobre el consumo, es
decir financiado por el consumidor final. Un impuesto indirecto es el impuesto
que no es percibido por el fisco directamente del tributario. El IVA es
percibido por el vendedor en el momento de toda transacción comercial
(transferencia de bienes o prestación de servicios). Los vendedores
intermediarios tienen el derecho a reembolsarse el IVA que han pagado a otros
vendedores que los preceden en la cadena de comercialización (crédito fiscal),
deduciéndolo del monto de IVA cobrado a sus clientes (débito fiscal), debiendo
abonar el saldo al fisco. Los consumidores finales tienen la obligación de
pagar el IVA sin derecho a reembolso, lo que es controlado por el fisco
obligando a la empresa a entregar justificantes de venta al consumidor final e
integrar copias de éstas a la contabilidad de la empresa.
Historia
Los impuestos indirectos tuvieron su origen en España,
en el siglo XIV.
El Reino de Castilla emprendía la Reconquista de
los territorios del Reino de Granada. En el año 1342, el rey Alfonso XIimplantó a nivel estatal un impuesto
sobre las ventas.
El IVA, como tal, fue implantado por primera vez en Francia, en 1954. En
España se introdujo el 1 de enero de 1986, con la entrada del país en la
Comunidad Económica Europea (CEE), sustituyendo al antiguo Impuesto sobre el Tráfico de Empresas (ITE).
2 comments :
¿Aquí también......? buffffff
un abrazo
Es todo un detallazo por tu parte. :)
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